Gaceta Oficial de Venezuela

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Índice › Gaceta 6.780

Gaceta Extraordinaria N° 6.780

2023-12-21 · respaldada por 1 de 3 fuentes 1 fuente

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Sumario

OrganismoTipoActo
ASAMBLEA NACIONALAcuerdoAcuerdo mediante el cual se autoriza al Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional al Presupuesto de egresos de los Organismos Ordenadores de compromisos y Pagos de la Administración Pública Nacional, por la cantidad de ciento setenta y seis mil doscientos veintisiete millones ciento cuarenta y siete mil quinientos veintitrés Bolívares (Bs. 176.227.147.523,00), a los Proyectos, Acciones Especificas, Partidas y Subpartidas, de acuerdo a la siguiente imputación presupuestaria que en él se señalan.
ASAMBLEA NACIONALAcuerdoAcuerdo mediante el cual se autoriza al Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional al Presupuesto de egresos de los Organismos Ordenadores de compromisos y Pagos de la Administración Pública Nacional por la cantidad de cuarenta y un mil quinientos cuarenta y cinco millones cuatrocientas setenta y cuatro mil ochocientas sesenta y nueve Bolívares (Bs. 41.545.474.869,00), a los Proyectos, Acciones Específicas, Partidas y Subpartidas, de acuerdo a la siguiente imputación presupuestaria que en ella se indican.
ASAMBLEA NACIONALAcuerdoAcuerdo mediante el cual se autoriza al Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional al Presupuesto de egresos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz a los Proyectos, Acciones Específicas, Partidas y Subpartidas, de acuerdo a la siguiente imputación presupuestaria que en él se señalan.
ASAMBLEA NACIONAL LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAVISTA, la Solicitud de la ciudadana Ministra del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, contenida en el oficio N° F 018 de fecha 13 de diciembre de 2023, CUMPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en los artículos 187, numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 50 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
ASAMBLEA NACIONAL LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELALeyLey Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con lo previsto en el Artículo 83 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, sobre el Sistema Presupuestario, OÍDO, el informe favorable del Comité Delegado de la Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional de la Asamblea Nacional: